La administración financiera del estado peruano se regula
por la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público N° 28112 (también conocida como Ley SAFI), y por las
leyes de los sistemas
que la conforman,
por sus normas
complementarias y supletoriamente
por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Son cuatro (04) los sistemas
que conforman la Ley SAFI:
- Sistema Nacional de Presupuesto.- asigna los fondos públicos de acuerdo con las prioridades de gasto determinadas para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el marco del Planeamiento Estratégico de las entidades del Sector Público y la disponibilidad de ingresos programada.
- Sistema Nacional de Tesorería.- permite obtener financiamiento externo e interno para atender parte de los requerimientos establecidos en el Presupuesto del Sector Público, acorde con la capacidad de pago del país o de la entidad obligada.
- Sistema Nacional de Endeudamiento.- centraliza, custodia y canaliza los fondos y valores de la Hacienda Pública.
- Sistema Nacional de Contabilidad.- consolida la información presupuestaria y patrimonial de las entidades y organismos del Sector Público para mostrar el resultado integral de la gestión del Estado a través de la Cuenta General de la República.
La Ley SAFI también señala que el registro de la información es único y de
uso obligatorio por parte de todas las entidades y organismos del Sector
Público y se efectúa a través del SIAF
SP.
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