Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado.
Ley N° 29230 (Obras por Impuestos)
Las empresas financiadoras recuperarán su inversión mediante los Certificados de Inversión Pública y Local-CIPRL, con los cuales podrán pagar exclusivamente el Impuesto a la Renta (hasta 50% del monto declarado el año anterior).
La II etapa de la carretera Arequipa-La Joya se ejecutará mediante la modalidad de obras por impuestos y comprenderá la construcción de un puente de 330 metros lineales, que cruzará el río Chili, a la altura del pueblo de Mollebaya en Uchumayo. Su costo pasará los 34 millones de soles.
Requisitos a cumplir por los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales
- Priorizar los Proyectos de Inversión Pública (PIPs) siempre que estén declarados viables en .el marco del SNIP.
- Seleccionar a la empresa privada que financiará y ejecutará el PIPs.
- Seleccionar a la empresa supervisora.
- Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal.
- Obtener el informe previo de la Contraloría General de la República.
Ventajas de la Inversión para los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales
- Financiamiento para sus Proyectos de Inversión Pública (PIP’s) en condiciones que las ofrece el .mercado.
- Ejecución de obras púbicas con impacto económico y social que beneficia el dinamismo de la economía local regional y nacional.
- Incrementar su presupuesto actual de inversión.
- Simplificación del procedimiento con la ejecución de obras, asegurando la transferencia correspondiente
Tipos de Proyectos a Financiar
- De infraestructura.
- Armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local.
- Cuenten con declaratoria de viabilidad (SNIP).
- Lista priorizada de proyectos remitida por el GR o GL a PROINVERSIÓN.
Operatividad de Proinversión en la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública
- Publica en su página Web la lista de proyectos priorizados.
- Asistencia Técnica en el proceso de selección
- Puede realizar el proceso de selección de la empresa privada.
- Contratar a la empresa supervisora.
¿Hasta que monto la Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá los CIPRL?
La Dirección Nacional del Tesoro Público procederá a emitir los CIPRL hasta por el monto total de la inversión que haya asumido la empresa privada o en cada una de las etapas del mismo de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Inversión Pública Regional y Local respectivo.
Monto límite= Recursos determinados asignados (2010-2011) - PIA 2012 (año del convenio)
Reconocimiento de la Inversión Realizada por la Empresa Privada
- Conformidad de la calidad del Proyecto.
- Conformidad de la recepción del Proyecto.
- Certificado de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público – CIPRL.
Certificado “Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público” – CIPRL
- Documento emitido por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.
- Utilizado por la empresa privada para el pago de Impuesto.
Emisión del CIPRL
- Cargo a los recursos del Tesoro Público.
- Financiamiento del pago a través de los Recursos Determinados.
- Registro en el SIAF-SP la afectación presupuestal y financiera.
- Incorporación de los recursos en el Presupuesto Institucional
Requisitos para la emisión del CIPRL
- Solicitud del Alcalde o Presidente Regional
- Conformidades de calidad y de la recepción de la obra ejecutada.
- Registro en el Módulo de Deuda.
- Registro en el SIAF-SP Gasto de Compromiso y Gasto de Devengado.
- Registro en Modulo web de CIPRL
- Acreditar al representante.
CIPRL – Emitidos por la DGETP
Municipalidad Distrital de Ate
Proy: Rehabilitación de la Av. Separadora Industrial
Empresa: Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.
Costo: S/. 1. 6 Millones
Municipalidad Prov. Cajamarca:
Proy: Pav. Av. Gran Qhapac Ñan
Empresa: Cementos Pacasmayo
Costo: S/. 4.4 Millones
UTILIZACION DEL CIPRL
- La Empresa Privada utilizará el CIPRL para su aplicación contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría.
- Se aplica hasta por un porcentaje máximo de 50% de dicho impuesto.
- El saldo no aplicado se reconoce el 2%.
- CIPRL no utilizados al termino de su vigencia podrán solicitar su devolución.
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