Los
bancos ya no cobrarán por mantenimiento de tarjeta de crédito a partir de
octubre de este año, fecha estimada para la aprobación de la nueva versión del
Reglamento de Transparencia del Sistema Financiero que modifica la relación de
los cobros prohibidos por estas entidades, anunció la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP (SBS).
"Esto
significa que las entidades financieras no podrán cobrar por el mantenimiento de
la línea de las tarjetas de crédito, pues se considera que es una operación
inherente a su administración", precisó el jefe del departamento de regulación
de la SBS, Jimmy Izu.
Asimismo,
los bancos están impedidos de cobrar por disposición de efectivo de las tarjetas
de crédito, ni por el uso de una cuenta de ahorro cuando se establezcan como
requisito para realizar cargos relativos al pago de alguna operación activa como
un crédito hipotecario.
"Si
una persona solicita un crédito hipotecario y el banco le abre una cuenta de
ahorro para pagar el préstamo, no le podrá cobrar por ese concepto",
explicó.
Las
entidades financieras tampoco podrán cobrar por el exceso en el uso de la línea
de una tarjeta de crédito, si es que hay un límite máximo establecido
previamente. "Si el banco ya estableció un límite, no debe permitir excederlo y
si lo permite, no debe cobrar", precisó.
De
este modo, el nuevo reglamento incluye cuatro nuevos cargos prohibidos y de esa
manera amplía de 14 a 18 los cobros que los bancos no pueden hacer a los
clientes. Uno de los principales es que se restringe el cobro por la
administración de créditos contingentes, como son las tarjetas de crédito o
líneas de crédito.
La
nueva versión del Reglamento de Transparencia también busca precisar temas como
obligar a los bancos a mostrar el valor exacto del cargo aplicable en los
cajeros automáticos, la autorización expresa del cliente para alzas en línea de
créditos, entre otros.
Estas
modificaciones están prepublicadas y las entidades bancarias tienen hasta el 26
de agosto para hacer comentarios sobre estos puntos, los cuales serán revisados
en un plazo de entre 15 y 30 días, para después hacer aprobar la norma que se
daría en octubre.
Vigencia
Según
Izu, el nuevo Reglamento de Transparencia entraría en vigencia tras analizarse
los comentarios de las entidades financieras y público en general al proyecto
prepublicado y que estará disponible hasta el 26 de agosto. "Estimamos que el
reglamento entraría en vigencia en los primeros días de octubre, es decir, un
mes después de que concluya el plazo para recibir los comentarios del público y
entidades relacionadas", declaró.
Adelantó
que en dos meses la SBS publicará el proyecto de norma para uniformar la
denominación de las comisiones o gastos que cobran las entidades financieras,
con el fin de informar con más transparencia a los
usuarios.
Los
cargos que aplican las entidades financieras en el país deberían revisarse en
forma periódica para evitar la proliferación de nuevos costos para los usuarios
del sistema, manifestó el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y
Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres.
"Creemos
que los bancos solo pueden cobrar comisiones por la prestación efectiva de un
servicio, lo que no sucedía con los cuatro cargos eliminados por la SBS",
comentó.
Refirió
que también debería eliminarse el cobro por los abonos que se hacen en billetes
de baja denominación en las entidades bancarias. "Esto es el colmo", dijo
airadamente.
Lo
positivo es la que la SBS está ordenando una situación completamente perjudicial
para los intereses económicos de los consumidores. "Sin embargo, todavía quedan
muchas otras comisiones que siguen vigentes y que deberían eliminarse",
puntualizó.
Fuente:
Diario El Peruano Pág. 9
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