Modifican el artículo 1° de la R.D. N°
001-2013-EF/51.01, sobre plazo de obligación de registro de información
financiera y presupuestaria para las Empresas y Entidades de Tratamiento empresarial que incluye entre otros a Empresas Públicas del ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial de Estado-FONAFE, así como a las Cajas Municipales e instituciones financieras del Estado regulados por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones –SBS, que inicialmente disponia la obligación de registrar y transmitir en los cinco (05) primeros días hábiles del mes siguiente posterior a la fecha de vencimiento de cada mes la información financiera y presupuestaria, correspondiente a los meses de enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre, este último independientemente de la información que se presenta al Cierre Contable del Ejercicio. Con la presente Resolucion Direcoral N° 002-2013-EF/51.01, el plazo ha sido ampliado hasta 15 dias posteriores al ultimo dia del mes segun corresponda.
Se mantiene la entrada en vigencia de la R.D. N° 001-2013-EF/51.01, señala que rige a partir del mes de enero del ejercicio fiscal 2013.
Se mantiene la entrada en vigencia de la R.D. N° 001-2013-EF/51.01, señala que rige a partir del mes de enero del ejercicio fiscal 2013.
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