Las UE y GGLL que soliciten las
ampliaciones del calendario de pagos mensual por toda fuente de financiamiento,
lo deben realizar hasta el 15 del mes de vigencia o el siguiente día
hábil cuando dicha fecha resulte día no laborable nacional, a través del
SIAF-SP, siempre que se haya registrado el correspondiente gasto devengado
en dicho sistema. (Articulo 6.1 de la RD N° 005-2011-EF/52.03). Requisitos:
1.Oficio explicando y
fundamentando la ampliación.
2.Expedientes en la fase
devengado (reporte de devengados por girar).
3.No tener calendario
acumulado.
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