Mediante la Res. N° 164-2012/SUNAT incorporar como artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N.° 129-2011/SUNAT
“Artículo 1°.- REFERENCIA
Para
efecto de la presente resolución, toda alusión al Reglamento se
entenderá referida al Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por
la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT y normas
modificatorias y toda mención a imprentas autorizadas se tendrá por
efectuada respecto de las imprentas autorizadas por la SUNAT para la
realización de trabajos de impresión y/o importación de comprobantes de
pago conforme al mencionado Reglamento.”
Sustituyen
la numeración y el texto del artículo único de la Resolución de
Superintendencia N.° 129-2011/SUNAT sobre la incorporación de la factura
negociable.
La presente norma entra en vigencia el 20.07.12
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