miércoles, 5 de diciembre de 2012

Apelación de puro derecho

Podrá interponerse recurso de apelación ante el tribunal fiscal dentro del plazo de 20 días hábiles siguientes a la notificación de los actos de la administración, cuando la impugnación sea de puro derecho, no siendo necesario interponer reclamación ante instancias previas.

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