jueves, 3 de enero de 2013

Trabajadores independientes ya pueden solicitar suspensión de retenciones

Fuente: ANDINA. 
Los trabajadores independientes que durante el año 2013 perciban ingresos menores a 2,698 nuevos soles mensuales, no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría, dispuso la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). No obstante, dichos contribuyentes sí podrán ser sujetos de la retención del diez por ciento que realiza la empresa que contrata sus servicios cuando emiten recibos por honorarios por montos superiores a 1,500 soles, salvo que realicen el trámite de suspensión de retenciones y obtengan su “Constancia de Autorización” de suspensión.
 
La norma también señala que los contribuyentes que proyecten que sus ingresos anuales durante el 2013 no superarán los 32,375 soles, podrán solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta. Estos montos han sido actualizados, considerando que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2013 ha sido fijada en 3,700 soles. Para obtener la solicitud de suspensión de retenciones, el contribuyente deberá ingresar a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y acceder a “Sunat Operaciones en Línea” (SOL) utilizando su Clave SOL, donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609.Luego de llenar el mismo con la información solicitada, se podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión de retenciones. Precisó que si en un determinado mes se perciben rentas que superan los montos antes señalados, los contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta.
 

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