miércoles, 3 de octubre de 2012

SPOT - Sanción. Naturaleza y aplicación de principios constitucionales

RTF N° 07080-9-2012 (09.05.2012)
Sanción por no cumplir con acreditar el depósito de las detracciones, siendo que la sanción ha sido determinada por la Administración conforme a la norma legal.
Se confirma la apelada que declaró infundada la reclamación interpuesta contra unas resoluciones de multa giradas por la infracción tipificada en el inciso 1) del numeral 12.2 del artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 940 (Norma Legal del Sistema de Detracciones), toda vez que la recurrente, no obstante haber sido requerida para el efecto, no cumplió con acreditar el depósito de las detracciones, siendo que la sanción ha sido determinada por la Administración conforme a ley (100% el importe de la detracción).
Se agrega con relación a lo alegado por la recurrente respecto a que el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central transgrede diversos principios constitucionales, tales como los de reserva de ley, igualdad, libertad de empresa, de libre competencia, que en la sentencia recaída en el Expediente Nº 03769-2010-PA/TC el Tribunal Constitucional ha precisado, entre otros, que las detracciones no tienen naturaleza de anticipo, pago a cuenta o impuesto independiente, al definirlas como "un mecanismo administrativo indirecto" y que de ello se puede entender que no le son aplicables las exigencias de los principios constitucionales tributarios contenidos en el artículo 74° de la Constitución de 1993.

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